Planificación, Coordinación, Calidad y Mejora de los programas oficiales de postgrado
Se trata de elaborar las normativas, convenios, protocolos e instrucciones técnicas; planificar la oferta formativa y la ordenación académica y docente de cada programa; de facilitar asesoramiento técnico y apoyo para la tramitación de la verificación y modificación de los diversos títulos; coordinar el seguimiento y la acreditación de tales títulos, así como de la correspondiente suspensión y/o extinción, en su caso; realizar labores de coordinación con universidades y otras instituciones participantes en programas interuniversitarios, así como con otras entidades colaboradoras; definir la propuesta y desarrollo del Plan de Difusión y Comunicación de Máster y Doctorado; planificar y proponer el Plan propio de becas del vicerrectorado de postgrado para estudiantes de Máster y para doctorandos/as; diseñar y parametrizar los planes de estudios de Máster y Doctorado en el sistema UXXI; así como planificar y coordinar el proceso de preinscripción y matrícula de tales títulos; elaborar el Presupuesto individualizado para cada programa; y de ejercer de Secretaría de la Comisión de Postgrado
Este procedimiento permite conocer el grado de satisfacción de los distintos grupos de interés con los servicios prestados por el Área de Postgrado y Doctorado. De esta forma, manteniendo el contacto y la comunicación con las personas destinatarias de nuestros servicios, facilitaremos la toma de decisiones respecto a las mejoras a establecer en la atención diaria, a partir del conocimiento de nuestros puntos fuertes y débiles respecto al servicio y atención que prestamos, lo que nos facilitará la calidad y la mejora continua en nuestra gestión.
Formulario Cuestionario satisfacción con la Administración y Servicios de la UPO
En este procedimiento se definen las actividades que se llevan a cabo en el Área de Postgrado y Doctorado relacionadas con la gestión de los viajes, alojamientos y seguros, del profesorado externo, así como del visto bueno de las facturas de los profesores invitados.
A través de este procedimiento se pretende garantizar que se midan y analicen todos los procesos del Área de Postgrado y Doctorado, de forma que se consigan resultados que se encaminen hacia la mejora continua del Sistema de Garantía Interna de Calidad.
El Decreto 298/2003, de 21 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, establece en su artículo 144, que La Comisión de Postgrado de la Universidad será el órgano competente en todo lo que concierne a la organización de los Estudios de Postgrado, oficial o propio de la Universidad, y a la colación del Grado de Doctor, ejerciendo a tal fin las funciones que se le atribuyan por la normativa vigente y por la interna de la Universidad. Como órgano de gestión de dicha Comisión se requiere la constitución de la Secretaría de la Comisión de Postgrado.